PAGOS A CUENTA EN EL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO
El Régimen Mype Tributario, es un régimen creado especialmente
para las Micro y Pequeñas empresas, con el objetivo de promover su
crecimiento al brindarles condiciones más simples para cumplir con sus
obligaciones tributarias.
Uno de los requisitos para estar
en este régimen es que los ingresos netos no superen las 1700 UIT en el
ejercicio gravable.
La declaración y pago de los
impuestos se realiza mensualmente de acuerdo al plazo establecido en los
cronogramas mensuales que cada año la SUNAT aprueba mediante Resolución de
Intendencia.
Pagos a cuenta:
Los pagos a cuenta mensual se
determinan conforme a los ingresos netos obtenidos en el mes por el
contribuyente de la siguiente forma:
1.- Ingresos Netos hasta las 300
UIT se aplicará la tasa del 1%
2.- Ingresos Netos de 300 UIT
hasta 1700 UIT se aplicará la tasa del 1.5% o el coeficiente, conforme a lo
previsto en el artículo 85° de la Ley del Impuesto a la Renta y normas
reglamentarias.
Por último, los contribuyentes
acogidos a este Régimen podrán suspender sus pagos a cuenta y/o modificar su
coeficiente conforme a lo que establece el artículo 85° de la Ley del Impuesto
a la Renta.
Base Legal: Decreto Legislativo N° 1269

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